a) Base jurídica | RGPD: 6.1.b) Tratamiento necesario para la ejecución de un contrato en el que la persona interesada es parte o para la aplicación a petición de éste de medidas precontractuales. RGPD: 6.1.c) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. RGPD: 6.1.e) Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de hombres y mujeres. Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Ley 3/2018, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. |
b) Fines del tratamiento | Gestión de personal y laboral, destinado en la Asociación Amigos Mira España. Expediente personal. Control horario. Incompatibilidades. Formación. Prevención de riesgos laborales. Régimen disciplinario. Emisión de la nómina del personal de la Asociación, así como de todos los productos derivados de la misma. Gestión económica de la acción social y obtención de estudios estadísticos o monográficos destinados a la gestión económica del personal. |
d) Categorías de Datos | Nombre y apellidos, DNI/CIF/Documento identificativo, número de registro de personal, número de Seguridad Social, dirección, correo electrónico, firma y teléfono. Categorías especiales de datos: datos de salud (bajas por enfermedad, accidentes laborales y grado de discapacidad, sin inclusión de diagnósticos), representante de trabajadores (en su caso), justificantes de asistencia de propios y de terceros. Datos de características personales: Sexo, estado civil, nacionalidad, edad, fecha y lugar de nacimiento y datos familiares. Datos de circunstancias familiares: Fecha de alta y baja, licencias, permisos y autorizaciones. Datos académicos y profesionales: Titulaciones, formación y experiencia profesional. Datos de detalle de empleo y carrera administrativa. Incompatibilidades. Datos de control de presencia: fecha/hora entrada y salida, motivo de ausencia. Datos económico-financieros: Datos económicos de nómina, créditos, préstamos, avales, deducciones impositivas, baja de haberes correspondiente al puesto de trabajo anterior (en su caso), retenciones judiciales (en su caso), otras retenciones (en su caso). Datos bancarios. Otros datos: datos relativos a la protección social. |
e) Categoría personas destinatarias | Registro Central de Personal. Área de tesorería y contabilidad. Entidad a quien se encomiende la gestión en materia de riesgos laborales. Instituto Nacional de la Seguridad Social. Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Entidad gestora. Tesorería General de la Seguridad Social. Representantes de trabajadores Entidades financieras. Auditores, interventores y/o liquidadores. Entidades convocantes de subvenciones, donantes y cofinanciadoras, cuando las bases reguladoras o normativas así lo requieran. Entidades relacionadas con la formación profesional para el empleo. Agencia Estatal de Administración Tributaria. Intervención General de la Administración del Estado. Ministerio Fiscal. Órganos jurisdiccionales. Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. |
g) Plazo supresión | Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos de la AME. Los datos económicos de esta actividad de tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. |